Para que un seguro de vida se haga efectivo, es decir, para que cobres y el capital que tengas contratado se abone (indemnice) tus beneficiarios, te tendrás que morir antes de cumplir los 70 años.
Aunque todo depende del tipo de seguro de vida que tengas , brevemente: si es un seguro de vida riesgo y no te mueres antes de los 70 años no te van a devolver nada de lo que has pagado y mucho menos indemnizarán a tus familiares.
El seguro de vida que todos conocemos y que se ejecuta en caso de fallecimiento del asegurados, los Seguros de Vida Riesgo, ofrecen más alternativas. En estos seguros, a cambio de la prima, la compañía aseguradora indemniza a los beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado con la suma asegurada, en forma de renta o de capital. Este tipo de seguros sólo cubre la posibilidad de fallecimiento, de modo que si el asegurado llega con vida al vencimiento del contrato, éste finalizará sin contraprestación alguna por la entidad aseguradora.
Aunque todo depende del tipo de seguro de vida que tengas y trataremos de explicarlo brevemente: si es un seguro de vida riesgo y no te mueres antes de los 70 años no te van a devolver nada de lo que has pagado y mucho menos indemnizarán a tus familiares.
Si a lo que te refieres es a la devolución de los recibos pagados, NO tampoco la aseguradora está obligada a devolver ningún recibo porque ha cubierto un «riesgo incierto» por el cual se ha pagado, con independencia de que ocurra el siniestro (el fallecimiento del asegurado) o no.
¿Cuánto dinero me devuelven por el seguro de vida a su finalización?
Si te has muerto devolverán a tus beneficiarios el capital que tengas contratado.
Si además tienes un seguro de vida asociado a una hipoteca… seguro de vida riesgo de capital decreciente, lamentamos comunicarte de que no tienes derecho a que te devuelvan las primas aportadas al no tratarse de un seguro de vida ahorro.
Un seguro de vida en general, no contempla la devolución de la prima no consumida a no ser que el seguro se cancele antes de los 30 días después de la emisión o bien si está asociado a un préstamo hipotecario y el cliente realiza amortizaciones para cancelar el crédito.