El seguro de vida a partir de los 30 años

Si decides contratar un seguro de vida, eso sí, compara primero varias opciones, estudia el tipo de seguro que le interesa y comprueba la letra pequeña, desde las comisiones a las coberturas exactas, ya que es una inversión.

La cobertura por incapacidad no es la única modalidad en la que puede darse el seguro de vida y tal vez es el fallecimiento la primera opción en la que repara un usuario al pensar en este producto,

«Los seguros de vida han ido ganando consideración por parte de la sociedad española y cada vez son más los que se lanzan a contratar alguna de las modalidades que ofrecen las compañías aseguradoras. Se trata de una alternativa ideal para garantizar cobertura económica en el hipotético caso de que el asegurado fallezca o pierda su capacidad productiva.

Antes de dar el paso de contratar una póliza, resulta fundamental realizar una comparativa seguros de vida, conociendo las condiciones de cada uno de ellos. Es tan útil como necesario estudiar los tipos de seguro de vida disponibles, leer atentamente la letra pequeña y conocer exactamente qué tipo de cobertura ofrece. Las prestaciones de estas pólizas pueden variar y contemplar varias situaciones adversas: además de casos de fallecimiento, también existen pólizas que cubren situaciones de invalidez absoluta.

Asegurados, a partir de los 30 años

Cualquier adulto es susceptible de contratar un seguro de vida, aunque la edad habitual de contratación suele situarse entre los 30 años y los 60. Se trata de una franja de edad en la que las interesados en contratar seguros de vida cuentan con más y mayores responsabilidades económicas y familiares. De todas formas, el rango de edad de contratación depende de cada aseguradora y se encuentra entre los 14 y los 65 años.

Resulta necesario prestar atención a las condiciones y excepciones que ofrece cada seguro en el caso de cobertura por fallecimiento. Otro detalle muy importante hace referencia a la cobertura según el grado de incapacidad, ya que algunas pólizas contempla situaciones de incapacidad permanente total e incapacidad absoluta.

A la hora contratar una hipoteca

Nunca será obligatorio contratar un seguro de vida a la hora de solicitar una hipoteca, aunque contar con una puede afectar al interés que el banco aplicará sobre la deuda que vayamos a contraer. En el caso de decidir contratar un seguro de vida en el caso de adquirir una hipoteca, debemos cerciorarnos de que servirá para tener cobertura total del préstamo en el caso de que el asegurado fallezca.»

Fuente:www.diariosur.es

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