Nos podremos desgravar los seguros de vida o de hogar en los que el beneficiario de la póliza es la entidad financiera con la que hemos contratado la hipoteca. Es decir, en aquellos seguros que el banco nos obligó a contratar en la firma de la hipoteca y que están vinculados al préstamo, la legislación permite al tomador desgravarse la prima correspondiente en su declaración dentro de las deducciones por inversión en vivienda.
Coge tu declaración y comprueba si has contabilizado o no las primas de tus seguros y calcula lo que te puede suponer. Has de saber, además, que para poder efectuar la desgravación sólo necesitarás de un certificado de tu aseguradora que presentar en Hacienda.
Lo primero que debes tener para poder abaratar el pago del IRPF es una hipoteca , porque tampoco puede ser una cualquiera, ya que sólo aquellas que se hubiesen formalizado antes de que finalizara 2012 tienen derecho a deducción. Y es que, a partir del 1 de enero de 2013, se dio por finalizada la desgravación por adquisición de vivienda habitual. Los que hayan adquirido su vivienda antes de esa fecha pueden desgravarse en la declaración hasta un máximo de 9.040 euros, un umbral máximo sobre el que Hacienda nos reducirá un 15%.
¿Los seguros de vida desgravan?
Si, siempre que estén asociados a un préstamo y el beneficiario sea el banco
Por tanto, si la contratación de los seguros fue una de las condiciones para la concesión de la hipoteca, los importes pagados en las primas de nuestro seguro de hogar y nuestro seguro de vida pueden sumarse a las cuotas pagadas en concepto de hipoteca hasta alcanzar ese máximo establecido de 9.040 euros. Por ejemplo, si hemos pagado por nuestra hipoteca a lo largo del año un total de 8.000 euros, aún quedaría un margen de 1.040 euros para poder incluir los gastos restantes, como los seguros, que lleva incluida la adquisición de la vivienda.