Si se te ha pasado por la cabeza regalar un seguro de vida a tu pareja a tus padres…etc. has de saber que NO ES POSIBLE, se necesita su consentimiento. Así pues, no se puede contratar un seguro de vida sin que la persona asegurada lo sepa. Si el asegurado fuera menor de edad haría falta, además, la autorización de sus representantes legales.
- En este tipo de seguro, el asegurado (de cuya vida depende el pago del capital), el tomador (quien suscribe el seguro y paga la prima, y que en caso de muerte necesita el consentimiento del asegurado para la contratación del seguro) y el beneficiario (que es quién recibe la indemnización que paga la aseguradora).
Conforme a la Ley de Contrato de Seguro 50/80, si el tomador de la póliza (que es quien contrata y paga el seguro) no coincide con la persona asegurada, haría falta el consentimiento expreso del asegurado por escrito, salvo que por otro medio pueda acreditarse su interés por la existencia de ese seguro.
- Por otro lado, hacer un reconocimiento médico o responder a un cuestionario que nos presente la aseguradora con independencia del valor del riesgo a asegurar, es una cuestión comercial que está recogida en la normativa de suscripción de las aseguradoras y evidentemente es el asegurado quien tiene que «pasar estas pruebas».
- Cabe recordar además que tampoco hay una cantidad mínima de capital asegurado legalmente establecida por el que una aseguradora no deba o pueda someternos a un cuestionario, es una cuestión que queda a su criterio y sin este trámite un seguro de vida no se puede celebrar.
¿Se puede hacer un seguro de vida a alguien sin que sin que lo sepa?
No, porque se necesita su consentimiento para poder formalizarlo
Ya que el asegurado en un seguro de vida debe conocer y dar su consentimiento expreso a ser asegurado.